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martes, 19 de septiembre de 2023

Las personas por nacer en la Argentina y en Lanús

por Leonardo Saphir (*)

Dice el Artículo 19 Código Civil y Comercial: “Comienzo de la existencia. Toda persona  tiene derecho  que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”. La protección especial reconoce tanto a la persona por nacer como a la madre.

En el aspecto político esa realidad impone la creación de un sistema de protección que iguale esos derechos básicos. Y  creo que sin excepciones, sean políticas de derecha o de izquierda, todos los actores deben respetarlas. En estos momentos adquieren importancia ante el cambio de gobierno, las sanciones del  presupuestos nacional, y los provinciales y municipales. La propuesta es que se agregue como capítulo diferenciado este ítem. Se sabe que la  mortalidad infantil  en nuestra realidad es alrededor de  8 fallecidos cada 1000 habitantes (2021). La creación de una ficha médica y educativa es necesaria para seguir la historia de los futuros habitantes de nuestro país y el análisis de sus resultados.

En esta nota se analiza la responsabilidad primaria del estado. Se supone que las familias que tienen poder adquisitivo superior se atienden por efectores del sector privado de salud. Desde los hospitales públicos, como las salas de atención primaria deberán ajustar su actividad de acuerdo a las normas  que establezcan las autoridades respectivas.

 En el caso de nuestra patria chica Lanús, se pide que las autoridades partidarias, en especial las que tienen representación en el Concejo Deliberante, incluyan ya expresamente el tratamiento de este importantísimo objetivo, necesario no sólo en el presente, sino cuando sus beneficiarios sean mayores de edad y comiencen su vida laboral. Hay que recordar que estudios de la problemática, han establecido que el 80% de la capacidad física, mental y espiritual se logra antes de los seis años de edad.

  (*) Innovador y emprendedor tecnológico. Militante radical.