CONVOCATORIA ASAMBLEA ORDINARIA. Ley 15.192
“SOCIEDAD CULTURAL Y RECREATIVA LUZ Y ARTE”
La comisión NORMALIZADORA de la institución, en el marco del expediente de normalización Nro.145384/22-11, fiscalizada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, convoca a todos los socios de la institución a Asamblea Ordinaria, bajo la siguiente convocatoria:
"Lanús, Remedios de Escalada, provincia de Buenos Aires 12 de septiembre de 2023. Convocase Asamblea General Ordinaria a los señores socios de la asociación civil “SOCIEDAD CULTURAL Y RECREATIVA LUZ Y ARTE” el día domingo 17 de septiembre de 2023 a las 10:00 hs, en primer convocatoria, y a las 10:30 hs en segunda convocatoria, en la sede social de la entidad, sita en la calle Gral Deheza 3166, de la Ciudad de Remedios de Escalada, a los efectos de considerar el siguiente orden del día: 1) Elección de dos asociados para firmar el acta de la asamblea; 2) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nº. 98 cerrado al 31 de diciembre del año 2017; 3) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nº 99 cerrado al 31 de diciembre del año 2018; 4) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nº 100 cerrado al 31 de diciembre del año 2019; 5) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nro. 101 cerrado al 31 de diciembre del año 2020; 6) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nº 102 cerrado al 31 de diciembre del año 2021; 7) Consideración de la memoria, el inventario, y el balance general correspondientes al ejercicio Nº 103 cerrado al 31 de diciembre del año 2022; 8) Consideración de la aprobación de la gestión de la comisión NORMALIZADORA; 9) Elección total de los cargos de comisión directiva conforme lo dispuesto en el Art. 26 del estatuto; 10) Elección total de los cargos de comisión revisora de cuentas conforme lo dispuesto en el Art. 26 del estatuto”