La Municipalidad de Lanús le hizo llegar a este diario un informe oficial (foto) elevado al área de Inspección de Obras sobre lo actuado en el incendio del edificio de Las Piedras 1948, en el que la conclusión final es que las infracciones de construcción en la infraestructura, son jurisdicción de “las empresas prestatarias de los determinados servicios”, en este caso Edesur, ya que los peritos detectaron que tanto la centralita eléctrica donde un cortocircuito comenzó el fuego, como el conducto del cableado que lleva la electricidad a todos los pisos, debería estar bajo hormigón en lugar de estar -como está- revestido con durlock. En su parte medular dice el informe elevado por los peritos con fecha 13/9/22 que “surge que el control de las instalaciones complementarias de una edificación, exceden la intervención de la Dirección de Obras Particulares. Las mismas están bajo control y habilitación de las empresas prestatarias de los determinados servicios, exigiendo en sus protocolos la intervención de profesionales técnicos habilitados por los correspondientes colegios profesionales, no siendo responsabilidad de este municipio la puesta en marcha de las mismas”.