miércoles, 13 de octubre de 2021

Empleados contratados: “La municipalidad viola la Constitución”

por Liliana Gimenez*

Soy candidata a concejal, de Avanza Libertad Lanús para las elecciones legislativas del 14 de noviembre, y de ser elegida, uno de mis primeros proyectos de ordenanza, va a ser:  Que el ejecutivo municipal acate el artículo 16º de la Constitución Nacional. En este artículo de la Ley Suprema de la Nación Argentina, se reconoce el principio jurídico de la igualdad ante la ley, también recogido en el artículo 7º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que reconoce que todas las personas deben ser tratadas de igual forma por la ley.   O sea, nuestra Constitución Nacional, tiene supremacía sobre todas las leyes nacionales, provinciales, y ordenanzas municipales.  

   La Ley 20744 de Contrato De Trabajo, establece que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado está sujeto a un período de prueba de 3 meses, luego de ese tiempo, el empleador debe reconocer la efectividad del empleado contratado. Desde hace muchas administraciones el Municipio de Lanús, viene desconociendo como parte patronal el articulo 16º de la Constitución Argentina. Le da categoría legal distinta al empleado municipal, que al empleado privado, o sea no sólo viola el artículo 16º de la Constitución Nacional, sino también se viola el 7º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). En el Municipio de Lanús, se prolonga la precarización de un trabajador no considerado efectivo, en casos por decenas de años, y sólo son efectivizados, cuando al ejecutivo municipal se le ocurre, sumiendo a este empleado precarizado, y a sus familias en un estado de ansiedad

por no poder planificar su futuro, ya que sus contratos son renovados, o no, cada 6 meses, de acuerdo a la decisión unilateral del ejecutivo.  

   El ejecutivo municipal, va a aducir no contar con los fondos suficientes, para efectivizar a todo el personal precarizado.  Esa diferencia a abonar en concepto de sueldos de estos empleados precarizados, se produce, ya que legalizarlos demandaría un aporte a los sueldos de los mismos, ya que los empleados precarizados cobran sueldos que los ponen debajo de la línea de pobreza, y en muchos casos bajo la línea de indigencia.  

Para contar con los fondos necesarios para pagar esta diferencia, no es necesario aumentar los impuestos municipales, ya que esta suma puede obtenerse dando de baja las decenas de cargos políticos con abultados sueldos que se han creado desde el año 2015.

    (*) Candidata a concejala de Avanza Libertad