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domingo, 22 de noviembre de 2020

Exigen más condiciones para concejal que para presidente de la Nación

por Víctor De Gennaro*

Sí, parece un contrasentido, pero para la corporación política partidaria de la provincia de Buenos Aires no lo es: Exigen más condiciones para concejal que para presidente de la Nación
   Según la Ley Nacional Orgánica de Partidos Políticos en su artículo séptimo se exige para ser reconocido como partido provincial de distrito “la adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil del total de inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón (1.000.000)”, lo que equivale en la Provincia de Buenos Aires a cuatro mil afiliados tanto como a los distritos de Santa Fe, Córdoba, CABA, Tucumán y Mendoza que superan aquellas cantidad de electores.
   Todas las provincias con ese número reconocen rápidamente la posibilidad del derecho del partido nacional de distrito a pedir el reconocimiento electoral para los cargos municipales y provinciales correspondiente.
  Pero en nuestra provincia no les alcanza. No sólo duplican el número mínimo de afiliados a 8.000; sino que en el año 2010 se modifica la ley 14.086 quedando así: “Los partidos de distrito, a quienes las autoridades nacionales competentes les hubieren reconocido personería jurídico política en la Provincia de Buenos Aires según lo establecido en la Ley 23.298, podrán solicitar su reconocimiento como partido provincial ante el órgano de aplicación de la presente Ley. A tal efecto deberán contar con un número de afiliados con relación al último registro oficial de electores de la Provincia, no inferior al cuatro (4) por mil, de por lo menos dos (2) secciones electorales, que no podrá ser menor de ocho (8) mil, requisito que verificará el órgano de aplicación. Como así también será causal de caducidad de la personería no mantener ese número”.
    Por lo tanto, creemos que es más importante y que lo expresan claramente, trabar la elección de los concejales, intendentes, gobernador o senadores y diputados de la provincia, que el
cargo de presidente de la república.
  Es una paradoja que deja al descubierto la discriminación hacia los partidos pequeños, defendiendo el control territorial concentrando poder, negocio de pocos, y llevando a la población al embudo de la polarización, en lugar de habilitar debates de las distintas miradas y propuestas para alcanzar los logros de una sociedad igualitaria.
   ¡Basta de verso!
  Queremos más democracia, más participación. Y eliminar esa traba discriminatoria que desnuda el valor de la representación territorial, que es donde se juega cotidianamente la suerte de nuestra vida y la de nuestros familiares.
    Saludamos que la senadora Elisa Carca pretenda derogar esta cláusula infame que sólo apunta a la consolidación de la estructura piramidal y corporativa de los que defienden sus beneficios, habiendo presentado el proyecto de Ley para modificar el artículo 12° del Decreto Ley 9889/82.
   Llamamos a todxs nuestrxs militantes y a los de las distintas agrupaciones partidarias o comunitarias a redoblar esfuerzo para que esto sea tratado y finalmente aprobado por la Legislatura Bonaerense.
                                
      (*) Presidente del Congreso Nacional de Unidad Popular