El senador provincial José Luis Pallares (foto) hoy vicejefe de la bancada oficialista, hizo a lo largo de su trayectoria en la Legislatura, una prolífica defensa de las víctimas de delitos, cuya expresión más importante fue su proyecto del año pasado, “confiriendo mayores facultades al particular damnificado para oponerse a la liberación de presos, otorgamiento de prisiones domiciliarias, y obligando a los jueces a oir a las víctimas”. Hoy entiende que el hecho de analizar la salida de los presos de los grupos de riesgo por la pandemia se debate en el mundo entero, pero que el festival de excarcelaciones que aflige a la sociedad argentina es pura responsabilidad de los jueces “sacapresos”.
Eñ largo listado de proyectos de Pallares en defensa de víctimas de delitos, incluye:
*E 19 /2020 – 2021, garantizando a las víctimas de delitos y sus familias en la provincia de Buenos Aires un régimen para la proteccion integral, asistencia social, psicológica y sanitaria y una adecuada defensa de sus derechos. (Ley provincial de víctimas, reproduccion del e 23/ 18-19)
*E 16 2020 - 2021, modificando articulo 102 bis (articulo incorporando por ley 13954) de la ley 11922 del CPP de la provincia, para resguardar mejor la integridad psicoemocional de los niños niñas y adolescentes, menores de dieciséis años, que deben prestar declaración testimonial en procesos penales en que se investiga la comisión de delitos contra la
integridad sexual. Reproducción del E 15 18/19.
*E 119 2020 - 2021, estableciendo politicas publicas que aseguren la concientización, prevención y erradicación del ciberacoso sexual infantil, mediante el desarrollo y reglamentacion de herramientas que permitan proteger a los niños, niñas y adolescentes de esta modalidad de abuso sexual.
*E 27 2019 - 2020, modificando articulos 78º, 397º, 398º y 402º de la ley nº 11.922 -Código de procedimiento penal- estableciendo mayores facultades para el particular damnificado para presentarse en juicio y peticionar, y autorizándolo a oponerse a un juicio abreviado.
*E 28 2019 - 2020, estableciendo protocolos obligatorios para la búsqueda y asistencia de personas desaparecidas y/o extraviadas, posibles víctimas de delitos.
*E 26 2019 - 2020, modificando articulo 3º de la ley 12.256 -Código de ejecución penal- y artículos 81º, 82º, 498º, 516º y 519º de la ley 11.922 -Código de procedimiento penal- confiriendo mayores facultades al particular damnificado para oponerse a la liberación de presos, otorgamiento de prisiones domiciliarias y similares, y obligando a los jueces a oir a las víctimas antes de resolver.
*E 25 2019 - 2020, incorporando articulo 82 bis, a la ley 11.922 del Código procesal penal de la provincia, facultando a las asociaciones de víctimas a constituirse como parte en los procesos penales y solicitar medidas y penas.
*E 24 2019 - 2020, creando el Colegio profesional de criminalística y accidentología vial de la provincia de Buenos Aires, para mejorar la investigación de los delitos.