premio y Pérez Turco el tercero.
La ordenanza que establece las condiciones para la realización de estos murales se aprobó en el HCD el 26/5/86 bajo el expediente B-491/86 y fue promulgada con el 6348, el 26/5/87, exactamente un año después. En su artículo 5º establece: “Los bocetos premiados deberán ser volcados por sus autores a muros medianeros y/o de frente de edificios municipales que determine el Departamento Ejecutivo y cuyas localizaciones y dimensiones sean previamente informadas a los concursantes”.
Los murales se convirtieron así, a mi entender, en patrimonio artístico del municipio y no pueden ser barridos de un plumazo. ¿Por qué, entonces, suponiendo que su deterioro pudiese ser importante, no se intentó una nueva restauración, buscando además un modo de protegerlo de los efectos de la intemperie o los grafiteros? El autor del mural no sabía lo que iba a suceder: Se encontró un día con que su obra no estaba más. La secretaria de Cultura, Thelma Vivoni ni siquiera le avisó.
¿Producto de la ignorancia o de falta de interés?
Marta Santos