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viernes, 16 de junio de 2017

Cableado aéreo: Una maraña en todo sentido

El 7 de marzo de 1996 se aprobó en el deliberativo una ordenanza sobre el cableado aéreo de la TV que, además de las normas técnicas y administrativas, estableció en el artículo 2º:"En virtud del exceso de cables que ocupan el espacio aéreo perteneciente a empresas prestadoras de servicios públicos, las empresas que transmiten a la fecha de promulgación de la presente, imágenes por circuito cerrado dentro del partido, contarán con un plazo de ocho (8) años para efectuar la reconversión. Las que, poseyendo e permiso, aún no emitan imágenes, deberán reconvertir el sistema en el plazo de dos (2) años". 
  El artículo 1º dice que "todos los cableados de transporte de ondas para transmisión de imágenes por circuito cerrado deberán ser subterráneos".
   Pasaron los ocho años. Era la administración de Manuel Quindimil y la ordenanza no se cumplió.
El 28 de diciembre de 2007, a pocos días de la asunción de Darío Díaz Pérez, la nueva conformación del HCD aprobó una nueva ordenanza que establecía en su artículo 2º que "las
empresas prestadoras del servicio de transmisión de imágenes por circuito cerrado, deberán arbitrar los medios a efecto de evitar el exceso de cables ocupando el espacio aéreo".
   Fue el fin de la esperanza de poder ver el cielo sin cables que lo atravesaran. ¿Las empresas deberían evitar el exceso? ¿Y quién las controlaba? ¿El Gran Bonete?
  Si quieren ver un atardecer, no vayan al balcón ni a la terraza. Disfrútenlo en el campo, en el mar, en las sierras... No en Lanús, donde cada día hay más cables colgando de los mismos postes, muchos de los cuales ya están casi podridos.
                                                                                     Marta Santos