En la última sesión del Concejo Deliberante, se aprobó la ordenanza que crea el cargo del Defensor del Pueblo de Lanús. Esta ordenanza deroga una anterior, en la que el cargo estaba creado pero sin especificaciones y que el intendente Darío Díaz Pérez nunca reglamentó. La que se aprobó hoy especifica cuál debe ser el funcionamiento de esa Defensoría -acorde a lo que establece la ley 13834 y establece:
"Artículo 1°: Por la presente y a partir de su sanción, se adhiere a las disposiciones de la ley 13834, a efectos de crear en el ámbito del partido de Lanús la Defensoría del Pueblo, cuyo objetivo fundamental será la protección de los derechos e intereses de individuos y de la comunidad, frente a actos, hechos u omisiones de la administración pública municipal. Se extenderá dicho resguardo al obrar de los concesionarios o prestatarios de obras o servicios públicos y de los
concesionarios o permisionarios de uso de bienes de dominio municipal, en cuanto ejerzan prerrogativas públicas transferidas por el municipio o gocen de licencias o permisos otorgados por éste. Asimismo tendrá como función recibir las quejas y denuncias con respecto a inconvenientes relacionados con el medio ambiente."
Señala también que el defensor del pueblo y su adjunto deberán ser nombrados en forma inmediata a la promulgación de ordenanza en el desarrollo de una sesión extraordinaria, lo que sugiere que los nombramientos se harían en breve.Cabe recordar que el defensor del pueblo se elige entre una terna de nombres sugeridos por la oposición y que el FV pasa a ocupar ese lugar en la próxima administración.
La ordenanza crea también una comisión de enlace, integrada con ediles de todos los bloques, que podrá solicitarle información sobre los temas que requiera.
Marta Santos