por Lisandro Martínez*
lisandromartinez47@yahoo.com.arCon la media sanción del Senado (28/11/2013) unificando Código Civil y Comercial, el estado capitalista establece impunidad para todos sus funcionarios –artículos 1765 y 1766- incluidos los que practicaron la corrupción que costara víctimas fatales (Once, etcétera). Los De Vido, Jaime, Schiavi, quedan fuera de la ley y del código unificado y sólo podrán ser incriminados mediante demandas a los fueros Contencioso y Administrativo, reglado por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos –decreto del 3/4/1972 de Onganía/Lanusse- y aún así las víctimas deberán presentar la causa antes de los 2 años.
En esta clase brutal de injusticia, los “nac & pop” superan a “los gorilas” quienes mediante la “Ley de Contabilidad” de 1956, plantearon que las causas contra funcionarios públicos prescribían a los 10 años.
El Código inspirado en el menemismo, abreva en el Decreto 2719 del 23/12/1991 (BO 1/1/1992) y en el Proyecto de Código Civil unificado con el Código de Comercio, elaborado por una comisión de juristas creada por el Decreto 685 del 17/5/1995 (B.O. 22/5/1995) y en reformas de 1998 que fueron rematadas por la Alianza con la “Banelco” que habilitó tercerización y flexibilización.
El Código privilegia al funcionariado quien no sería igual ante la ley, aunque sus tropelías vaciaran al ferrocarril, se enriquecieran con la tercerización, estuvieran involucrados en el asesinato de Mariano, hubieran “traicionado a la patria” pagando deuda fraudulenta o incrementaran sus bienes comprando tierras en el Calafate.
El artículo 1 dice: “Las disposiciones del Código Civil no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria. La sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funciones” (“Ley de Responsabilidad del Estado”, media sanción en Diputados, nov. de 2013).
El Código establece el “punto final” que encubra al funcionariado K e impone la más despiadada mercantilización de las relaciones civiles, donde los sectores sociales marginales y más débiles quedan sin resguardo frente a los atropellos del Estado y las patronales.
El fallo de la Corte Suprema sobre el Riachuelo testimonia como “un emblema de la contaminación capitalista” se convirtió en una fuente de negocios y corrupción donde se malversaron millonarios créditos internacionales; mientras las víctimas a quienes el fallo debía proteger no fueron resguardadas por plan de salud alguno y no recibieron resarcimiento económico. Los u$s 3.500 millones del fallo habilitaron una línea de créditos con el BM cuyo destino es la corruptela y el incremento de la deuda, sin que se produzca la descontaminación ni los 5 millones de víctimas hayan obtenido las reivindicaciones exigidas. Todo sucedió bajo la atenta mirada de la Suprema Corte, dos de cuyos integrantes escribieron la versión “neoliberal” del Código que luego fuera modificado reaccionariamente por el Vaticano.
En el “artículo 19” como aporte al desamparo de las mujeres, Francesco obligó a los K a colocar el disparate que “el embrión es una persona” para impedir una legislación de la salud reproductiva y bloquear el derecho al aborto. Así desaparece el derecho de familia. La subordinación del estado al Vaticano es total, la Iglesia Católica pasa a ser en Argentina “persona jurídica pública”, privilegiándola por encima de las otras religiones; así se garantiza que sus bienes terrenales sean inembargables.
Los K demuelen la propiedad social y preparan negocios para monopolios mineros, sojeros y quienes extranjerizan tierras. El Código en su artículo 418 inciso h saluda el genocidio de Roca a los pueblos originarios desconociendo en 2013 su preexistencia y recordándoles que tendrán derecho a la posesión de las tierras sólo si tienen personería jurídica otorgada por el estado; esto les garantiza clientela cautiva.
El gobierno entreguista remata su faena facilitando el saqueo monopólico del agua, mediante su Ley votada por 39 individuos sacando del medio el “derecho humano al agua potable”, con lo que abre la mercantilización de los recursos acuíferos.
El Código acepta al Tribunal del Banco Mundial para dirimir controversias que se produzcan en Argentina.
El proyecto que tiene media sanción es una legislación que prepara un ataque en regla contra la clase obrera. Su objetivo es garantizar seguridad jurídica para los capitalistas arrasando la seguridad jurídica obrera y de los sectores populares. Estamos en presencia del reforzamiento de la propiedad patronal que facilita la expropiación por el capital de la propiedad obrera, indígena y popular.
El Código regulariza barrios cerrados, countries, tiempos compartidos y cementerios
privados que en su mayoría nacieron flojos de papeles y su asentamiento ha tenido un sinnúmero de irregularidades y pretende imponerles una forzada legalidad. Por el contrario no facilita el acceso a planes de viviendas populares, no regulariza las villas ni las urbaniza.
La reforma alienta la irresponsabilidad patronal que no prevé honrar los créditos laborales artículo 243 (versión del PEN). Tampoco protege el derecho colectivo por despidos discriminatorios que tengan orden de reinstalación en el artículo 204.
El “progresismo regresivo” K establece una legislación sobre accidentes laborales e indemnizaciones que está por detrás de la primera Ley de accidentes de 1915. Mediante el artículo 2562 se establecen plazos que prescriben a los 2 años para presentar los reclamos derivados de accidentes y enfermedades del trabajo y su reclamo indemnizatorio.
Aparece en el Código la Sociedad Unipersonal SU (un socio), con esa modificación el monopolio internacional instalará en Argentina esa SU y la casa matriz no responderá por las obligaciones contraídas por la SU frente a terceros, que bien podrán ser trabajadores que reclaman salarios adeudados frente a la SU que se declarará insolvente.
Otra novedad incluida por el gobierno es el “contrato de agencia” que destruye relaciones laborales vigentes disolviendo el vínculo laboral.
Para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) el proyecto señala que nadie puede presumir que quienes las integren sean solidariamente responsables frente a los trabajadores que son los acreedores débiles.
El Código es un fenomenal ataque al movimiento obrero, a los derechos de la mujer, predispone a la expropiación de las comunidades indígenas y coloca en la indefensión a la Nación propiciando el saqueo de los recursos naturales.
(*) Del Partido Obrero