Los concejales del bloque 17 de Octubre -Heriberto Deibe, Salvador Baratta y Carlos Torlaschi- le cursan un pedido de informes al ejecutivo, para que la Secretaría de Seguridad informe por qué no ha rendido cuentas de lo actuado en este semestre, tal como se lo obliga una ordenanza, la 10.783, norma que a la vez establece que la falta de información en tiempo y forma, será considerada una falta grave.
Así quedó establecido cuando se sancionó la "Emergencia de Seguridad en el Distrito de Lanús, por el término de 18 meses". Ahí quedó establecido que el ejecutivo tien obligación de remitir al concejo un informe a los 30 días a partir de la promulgación de la norma, y luego otro semestral, en el cual conste el plan de acción implementado para mejorar la calidad de la seguridad en el distrito. También quedó determinado
que la falta de presentación de estos informes sería considerado como falta grave. El trabajo de Baratta, Deibe y Torlaschi, señala que «teniendo en cuenta el alcance de las ordenanzas mencionadas y el tiempo transcurrido, se deberían haber presentado 8 de los informes exigidos legalmente», y que a la fecha, el ejecutivo aún no remitió al deliberativo «informes correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011».
Señala además que el último 17 de mayo, el secretario se Protección Ciudadana, Mariano Amore, presentó un informe que da cuenta sobre aspectos relacionados con la ejecución del Convenio de Protección Ciudadana, pero que no contiene «referencias sobre los informes semestrales no remitidos en tiempo y forma», y admite «que si bien es cierto que la falta de remisión de los respectivos informes tuvo lugar cuando la secretaría del área estaba a cargo de otros funcionarios que los que se desempeñan actualmente, tal circunstancia no exime al Departamento Ejecutivo ni al actual responsable del área, a cumplir con las exigencias de las ordenanzas mencionadas en los "vistos" del presente».
Lo increíble del caso es que Amore en tiempos de concejal, despotricaba contra la falta de respuestas al deliberativo por parte de la intendencia.
Hoy le advierten desde el bloque sciolista que «antes de aplicar las sanciones establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades, es voluntad de este concejo agotar las herramientas que permitan al ejecutivo exponer las razones de sus incumplimientos».
Si el cuerpo lo vota el pedido de informes deberá ser respondido antes de los 25 días hábiles, con lo cual, aunque llegue la respuesta será tardía, y en el medio hay vidas humanas y propiedades en juego.